¿Cómo funcionan?
- AYUDAS A FONDO PERDIDO, es decir, que no tienes que devolver el dinero.
- CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, eso significa que todo el mundo tiene acceso a estas ayudas y se asigna por orden de llegada, cuando antes la solicites más probabilidades tendrás de que te la concedan.
- LA CUANTIA DE LA AYUDA será del50% de la inversión de la instalación.
- LA CUANTIA MÁXIMA POR PROYECYO será de60.000 €.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
- PARTICULARES, propietarios de inmueble residencial.
- COMUNIDADES y MANCOMUNIDADES de vecinos.
- AGRUPACIONES DE PERSONAS FÍSICAS, PRIVADAS Y SIN PERSONALIDAD.
¿Qué documentación necesito para solicitarla?
¡Nosotros nos encargamos de todo!De ti necesitamos:
- Tu DNI.
- Título de propiedad de la vivienda.
- Certificado de cuenta bancaria.
- Autorización para solicitar la ayuda en tu nombre.
¿Qué fecha límite tengo para solicitar la ayuda?
Nosotros, como entidad colaboradora nos encargamos de tramitar el procedimiento, presentar la solicitud y documentación necesaria.
Tenemos hasta el 01/03/2022 para presentar la ayuda y que te salga un 50% más barato.